Si alguien ha tenido que pagar tasas en algún Ayuntamiendo de la Comunidad de Madrid como empresa o autónomo, puede deducirse el 100% de la cuota abonada.
Se compensa una cantidad equivalente al 100% de la cuota efectivamente pagada de las tasas municipales establecidas por los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid, siempre que dicho pago sea necesario para que los interesados puedan iniciar sus respectivas actividades profesionales o empresariales.

Requisitos

1. Haber realizado el pago de las tasas municipales entre el 23 de febrero de 2010 y el 31 de diciembre de 2010, que sean exigibles en cualquier municipio de la Comunidad de Madrid, siempre que dicho pago sea necesario para que los interesados puedan iniciar sus respectivas actividades profesionales o empresariales.

2. Haber presentado… sigue:

Convocatorias y prestaciones – Compensación fiscal de tasas municipales para emprendedores (2010).

Dejo la información también en el apartado de la derecha de Ayudas